Seminario Proyecto Ley de Compras Públicas que moderniza la ley Nº 19.886

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06/10/2023

Seminario Proyecto Ley de Compras Públicas que moderniza la ley Nº19.886 y otras normas relacionadas

En lo principal, el proyecto de ley que moderniza la ley Nº19.886 y otras normas relacionadas, amplía la cobertura de entidades públicas que ahora se rigen por la ley, las que deberán efectuar sus compras en la plataforma de ChileCompra www.mercadopublico.cl. Eso significará un aumento en la cantidad de usuarios compradores y también de proveedores que van a tener mayores oportunidades de vender sus productos y servicios al Estado.

Mayor probidad y transparencia: Se incorpora en la ley un nuevo capítulo que fortalece las normas de probidad y transparencia y se refuerza que la licitación es la regla principal como procedimiento de compra. Además, se refuerza el principio de que, existiendo aportes públicos, las adquisiciones deberán sujetarse a la Ley de Compras. Se amplía el catálogo de inhabilidades para contratar con el Estado, compuesto por delitos concursales y tributarios, incumplimientos contractuales, condenas laborales y cohecho, lavado de activos y financiamiento al terrorismo. Se regulan los conflictos de interés, ampliando a todos los funcionarios de los organismos públicos -y no sólo los Directivos- la imposibilidad de que ellos, así como sus parientes y sociedades, vendan productos o servicios a las entidades públicas en las que trabajan. Dichas inhabilidades se extenderán a los beneficiarios finales.   

Fomento a las Empresas de Menor Tamaño y proveedores locales: La Compra Ágil pasa a ser una modalidad a ser usada exclusivamente por éstas y se amplían los montos de 30 UTM a 100 UTM, lo que se traducirá en oportunidades de negocio por unos US$ 300 millones adicionales al año. Esta medida rige a un año de la publicación de la ley. La nueva ley establece criterios de priorización hacia la compra regional, a través de la introducción de la definición de “proveedor local”. Con ello, los proveedores locales podrán ofertar en mejores condiciones en las licitaciones convocadas por los organismos con presencia en sus propias regiones.  

Mejor uso de los recursos públicos: También se incorporan nuevos mecanismos de compra, se perfeccionan los Convenios Marco como un procedimiento competitivo, que persigue la eficiencia y la reducción de costos, para cubrir bienes o servicios estandarizados, de demanda regular y transversal. Los convenios marco deberán tener adjudicaciones regionales, salvo excepciones fundadas. Además, no podrán establecerse criterios de evaluación y admisibilidad que impliquen una discriminación arbitraria a las Empresas de Menor Tamaño.

Más innovación pública: Un eje adicional en el Proyecto, que se trabajó en conjunto con el Ministerio de Economía, dice relación con la regulación de las compras públicas de innovación. Estas son compras que le permitirán a los organismos del Estado acceder a bienes y servicios innovadores para solucionar problemas complejos que hoy no tienen solución estándar en el mercado. Adicionalmente, el proyecto contempla la creación de un Comité de Compras Públicas de Innovación y la dictación de una política de compra pública de innovación que permitirá ordenar y evaluar el actuar del Estado como demandante de este tipo de productos.

Fortalecimiento Tribunal de Contratación Pública: Se aumenta de 3 a 6 los jueces integrantes del Tribunal de Contratación Pública. Los jueces tendrán dedicación exclusiva. Además, se perfeccionan los procedimientos de inhabilidades y prohibiciones para quienes integren el Tribunal. La información de las causas del Tribunal de Compras será visible en la ficha del proveedor de Mercado Público.  También se aumenta competencia del Tribunal abarcando todos los procedimientos de contratación, no sólo licitaciones. De esta manera suma las etapas de ejecución del contrato, inscripción en Registro de proveedores y posible acción de nulidad. El TCP podrá suspender un procedimiento de compra o ejecución de contrato como medida prejudicial precautoria. La gestión administrativa corresponderá a la Unidad Administradora de los Tribunales Tributarios y Aduaneros. 

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Fuente: https://www.chilecompra.cl

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