Boletín Jurídico: Análisis de la Ley N° 20.205 que protege al funcionario que denuncia irregularidades y faltas al Principio de Probidad

Barra Gobierno

20/01/2026

La dictación de la Ley N° 20.205 respondió a una convergencia de factores jurídicos, políticos y sociales, orientados a fortalecer el principio de probidad administrativa, en cumplimiento de compromisos internacionales, en particular la Convención Interamericana contra la Corrupción, y como parte de la agenda de transparencia y modernización del Estado. Asimismo, constituyó una reacción institucional frente al impacto público generado por diversos casos de corrupción ocurridos en el país.

Sin embargo, su eficacia se ve limitada por el restringido universo de sujetos protegidos, la elevada exigencia de que la denuncia sea “fundada” —bajo el riesgo de sanciones severas para el denunciante— y el alcance acotado de los derechos y garantías que reconoce. Tales elementos, lejos de incentivar la denuncia de irregularidades, pueden operar como factores inhibitorios, debilitando uno de los principales mecanismos preventivos de la corrupción dentro de la Administración.

Asimismo, la compatibilidad de esta normativa con la cultura organizacional del sector público resulta discutible. La percepción de una eventual “cultura de la delación”, sumada a la ausencia de garantías efectivas contra represalias, afecta negativamente la confianza de los funcionarios en el sistema y, por ende, la utilidad real de la ley como herramienta de fortalecimiento del control.

Finalmente, es importante considerar el avance que esta Ley implica en cuanto a la protección y garantías a los funcionarios públicos, que pueden observar conductas irregulares que deben ser investigadas, sin embargo, aún queda camino por recorrer y construir.

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